Dirección de Vigilancia y Respuesta a Emergencias de Salud Pública

Es la dependencia de la Dirección General de Vigilancia de la Salud encargada de desarrollar y coordinar los procesos de detección y verificación de riesgos para la salud pública (en términos de ESPIN/ESPII), de notificación de autoridades y organismos internacionales; así como de la respuesta rápida correspondiente.

Dependencias

  • Alertas y Gestión de ESPII y ESPIN.
  • Respuesta Rápida.
  • Notificación y Análisis de Emergencias.

Funciones

  1. Desarrollar y coordinar un sistema de apoyo (a los sistemas de vigilancia) de alerta temprana y respuesta rápida a las enfermedades epidémicas con potencial pandémico y otras emergencias en salud pública.
  2. Establecer canales permanentes (24/7) de recepción y procesamiento de ESPIN/ESPII en función al RSI.
  3. Desarrollar y coordinar mecanismos de procesamiento y verificación de rumores.
  4. Identificar, verificar y evaluar eventos que puedan constituir una ESPIN/ESPII.
  5. Establecer y mantener canales permanentes de comunicación entre los sistemas de vigilancia y la OPS/OMS.
  6. Comunicar en forma oportuna a las autoridades nacionales, puntos de contactos OPS/OMS y otras redes internacionales sobre la ocurrencia de ESPIN/ESPII en el territorio nacional.
  7. Comunicar en forma oportuna a las autoridades nacionales y a las áreas técnicas que forman el sistema de vigilancia, todo evento de importancia que haya sido notificado al Centro desde fuentes internacionales.
  8. Solicitar colaboración a los puntos focales de la OPS/OMS para el RSI en caso de eventos cuya información no es suficiente para realizar una evaluación de riesgo adecuada o consultar sobre medidas sanitarias apropiadas.
  9. Establecer y coordinar salas de situación en casos de ESPIN/ESPII.
  10. Generar alertas y coordinar acciones de respuesta con los sistemas nacionales de emergencias frente a ESPIN/ESPII.
  11. Establecer e implementar mecanismos de control sanitario en los puntos de entrada al país.
  12. Coordinar, apoyar y monitorear a los equipos de respuesta rápida, operaciones de campo y otras medidas de control o reducción del riesgo.
  13. Coordinar y supervisar el correcto funcionamiento y articulación de sus dependencias.
  14. Evaluar y cuantificar los recursos disponibles y necesarios para llevar adelante su misión y funciones.

Centro Nacional de Enlace

El RSI (2005) es puesto en vigor a partir del 15 de junio de 2007. El Paraguay  inicia su implementación a partir del 7 de abril del 2009.

Ante la necesidad de responder en forma oportuna a Eventos de Salud Pública de Importancia Nacional (ESPIN) y a potenciales Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) que son identificados y registrados por diferentes redes de vigilancia y organismos dentro y fuera del sector salud, surge como prioritario para los países el fortalecimiento del sistema de detección, análisis y notificación de dichos eventos y la creación de Centros Nacionales de Enlace (CNE) para RSI.

El CNE de Paraguay, es un centro físico y virtual que enlaza al país con la Organización Mundial de la Salud a través del Punto de Contacto de la OMS para el RSI. Además, a nivel nacional articula los sistemas de alerta y respuesta de diferentes sectores, con capacidad de coordinar la evaluación de riesgos de eventos de importancia para la salud pública durante (7/24/365); y  alertar al Equipo de Respuesta Rápida (ERR).

 

Contacto

Directora: Lic. Neida Bettiana Martínez, Directora

Dirección: Pettirossi y Constitución. Asunción – Paraguay
Teléfono:  021 222 012 (todos los días de 06:00 a 19:00, incluido fines de semana)
Correo electrónico: dgvs.sala@gmail.com (24/7/365 días)