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Medidas restrictivas para Semana Santa

24/03/2021

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  • Se anuncian estrictos controles en puntos de entrada al país y desplazamientos limitados solo para actividades esenciales, de 05:00 a 20:00, con la finalidad de contener la propagación de la COVID-19.
  • Las medidas entrarán a regir a partir del 27 de marzo, en todo el territorio nacional.

El Gobierno Nacional establece nuevas medidas restrictivas que serán aplicadas en el marco de la Semana Santa, con el objetivo de ralentizar los contagios de la COVID-19. Estas medidas entrarán en vigencia desde el sábado 27 de marzo, a partir de las 00:00, hasta el domingo 4 de abril, informaron desde el Ejecutivo.

Durante este periodo, la población deberá permanecer en sus domicilios habituales.

Se permitirán

  • Desplazamientos mínimos e indispensables para la compra de alimentos, medicamentos y otros productos para el abastecimiento del hogar, en el horario de 05:00 a 20:00.
  • Actividad física individual, a 500 metros a la redonda del domicilio, en el horario establecido de circulación.

Seguirán operativos

  • Servicios esenciales impostergables, establecimientos de salud y aquellos servicios orientados a la asistencia y al cuidado de personas con discapacidad, personas afectadas por enfermedades, adultos mayores, niños y adolescentes.
  • Comercios esenciales: supermercados, despensas, farmacias y sus cadenas de abastecimiento.
  • Comercios no esenciales y locales gastronómicos podrán operar solo en modalidad de entrega a domicilio o delivery, las 24 horas.
  • Clases solo en modalidad virtual, incluidas para educación superior.
  • Oficinas administrativas y financieras del sector público y privado, para garantizar pagos a proveedores y trabajadores.
  • Hoteles y hospedajes con estricto cumplimiento del protocolo. Se podrán alojar solo personas que residen en el departamento y a aquellas que realizaron reservas con anterioridad a la vigencia del Decreto. No se permitirán eventos en estos establecimientos en el periodo de vigencia del Decreto.
  • Actos de culto presenciales con hasta un máximo de 20 personas.
  • Transporte público en el área Metropolitana, las 24 horas. Solo se permitirán pasajeros sentados.
  • Taxi, UBER y MUV.

Estará prohibido

  • Circulación de unidades de transporte de corta, mediana y larga distancia.
  • Apertura de Parques.

Continuará

  • Estrictos controles en puntos de entrada y salida del país.
  • Ejecución de obras públicas y civiles.
  • Funcionamiento de cadena logística que incluye a puertos, aeropuertos, buques, líneas marítimas y transporte terrestre de carga, así como el servicio aduanero de carga y mercaderías.
  • Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior, así como las industrias en general y sus cadenas logísticas.
  • Entrenamiento de deportistas de alto rendimiento.
  • Calendario de fútbol de la APF.

La Policía Nacional se encargará de efectuar el control estricto del cumplimiento de las disposiciones establecidas.

La situación epidemiológica es crítica

El titular de cartera de Salud Pública, Julio Borba aseveró que las medidas restrictivas que se aplicarán en estos días Santos se debe a la alarmante situación epidemiológica que se viene registrando en los últimos días con récord de contagios y fallecidos por COVID-19. «Estamos en un momento crítico y la única manera de mitigar el impacto de la pandemia es disminuyendo las interacciones sociales y  cumplimiendo estrictamente con las medidas y el protocolo sanitario», indicó, y más aún que nos encontramos en una fase de mitigación.

Advirtió que el nivel de ocupación de camas a nivel país se encuentra al 100% de su capacidad, por lo que insta a la ciudadanía a extremar los cuidados y disminuir las interacciones cercanas. Indicó que las 655 camas de terapia del sector público, así como las 270 del sector privado están llenas. Lo mismo ocurre con las 1.340 camas que fueron habilitadas para la atención de patologías respiratorias.

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