Sustento Legal

Antecedentes históricos

La estructura interna de la Dirección General de Epidemiología se estableció en el año 1993 mediante la Resolución S.G. N° 148 de octubre del mismo año, denominándose Dirección General de Epidemiologia, contando con siete departamentos: de Vigilancia y evaluación epidemiológica, de Enfermedades Trasmisibles, de Enfermedades No Trasmisibles, de Zoonosis, el Programa de Tuberculosis, el Programa de Lepra y el Programa de Sida, además del Centro Antirrábico Nacional. El documento describe varias funciones generales estableciendo que la propia dirección realice las funciones pertinentes del área organizacional. Su amplio espectro, tanto en el área de investigación, educación, gestión integradora con instituciones dentro y fuera del Ministerio de Salud, así como elaborar programas de acción para el control de las enfermedades y establecer la red de notificación permitió asentar la estructura primaria y ampliarla a otros programas de vigilancia. 

Esta Dirección General, por Resolución S.G. N° 613/1999 cambió su denominación pasándose a llamar Dirección General de Vigilancia de la Salud (DGVS), nombre que conserva actualmente. Cabe destacar que sus funciones, tal como los indica su misión, no sólo se refieren a la vigilancia, sino que agrega las propias de la epidemiología (investigación, educación, desarrollo de capacidades del recurso humano, constitución de la red de notificación, coordinación de acciones con instituciones públicas, privadas y en fronteras, entre otros). 

En el año 2006, mediante la Resolución S.G. N° 838, la DGVS fue designada por las autoridades ministeriales como punto focal del Centro Nacional de Enlace (CNE), la cual constituye una figura que representa al sistema de salud del país en la Red de Comunicación Internacional de Alertas y Respuestas suscriptas al RSI-2005, adoptado en la Asamblea Mundial de Salud WHA 58.3 de mayo 2005, al cual el Paraguay está suscrito. El CNE inicio sus funciones oficiales en el año 2009. 

La DGVS tuvo modificaciones en ese periodo, incorporando a los programas ya mencionados los de: Nacional de Enfermedades Inmunoprevenibles y PAI, y el Enfermedades Emergentes y Reemergentes dentro de la Dirección de Vigilancia de Enfermedades Trasmisibles (DIVET) y a los departamentos de Enfermedades Cardiovasculares, Diabetes, Control de Accidentes y Violencia, Tumores, Tabaquismo y Enfermedades Obstructivas Crónicas y el de Salud Ocular como parte de la Dirección de Vigilancia de Enfermedades No Trasmisibles (DVENT).

El Laboratorio Central de Salud Pública (LCSP) y el Servicio Nacional de Paludismo (SENEPA), así como la Dirección de Control de Profesiones en principio fueron dispuestos como parte de la estructura organizacional de la DGVS, pero posteriormente quedaron desligados del organigrama inicial de la Dirección General, permaneciendo el vínculo técnico de las funciones de vigilancia de eventos de salud pública para con la DGVS, especificando la independencia programática y de gestión de cada uno.

El organigrama de la DGVS contempla en la actualidad la nueva estructura de la Dirección General de Vigilancia de la Salud aprobada por las Resoluciones S.G. N° 483/2018 y S.G. N° 649/2018 del MSPyBS. Es el resultado de un proceso de trabajo iniciado en el 2010, en razón a la necesidad de ajustar la estructura y el relacionamiento de los componentes y dependencias de la Dirección General de Vigilancia, debido a la adaptación que requiere la vigilancia de los eventos de salud pública, tanto a nivel nacional como internacional.

 

Marco Legal

  • Constitución Nacional, en su artículo 68 – del derecho a la Salud, prescribe: “El estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. (…)”
  • Ley 836/80 del Código Sanitario donde, en el Libro I, Capítulo III de las Enfermedades Transmisibles, establece en los Artículo 28° “El Ministerio determinará las enfermedades transmisibles sujetas a notificación obligatoria, así como las formas y condiciones de su comunicación, a las que deben ajustarse los establecimientos de salud”; artículo 25° “El Ministerio de Salud Pública y bienestar Social arbitra las medidas para disminuir o eliminar los riesgos de enfermedades trasmisibles, mediante acciones preventivas, curativas y rehabilitadoras que tiendan a elevar el nivel inmunitario de las personas y combatir las fuentes de infección, en coordinación con las demás instituciones del sector.
  • Ley N° 3940/09, Que establece Derechos, Obligaciones y Medidas Preventivas con relación a los efectos producidos por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
  • Ley N° 2035/02, De Diabetes.
  • Ley N° 2969/06, Que aprueba el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) Para el control del TABACO.
  • Ley N° 4959/13, Para la Prevención y Tratamiento de trastornos de la Alimentación y sus Efectos Dañinos a la Salud.
  • Ley N° 4621/12, Nacional de Vacunas.
  • Ley N° 5372/14, De Prevención y Atención Integral a la DIABETES.
  • Ley N° 5016/14, Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.
  • Ley N° 4982/15, Que Crea el Programa Nacional de Prevención, Vigilancia y Control de Infecciones Hospitalarias. 
  • Ley N° 5538/15, Que modifica la Ley N° 4045/10 “Que Modifica la Ley 125/91, Modificada por la Ley N° 2421/04, sobre su Régimen Tributario, que regula las actividades relacionadas al Tabaco y establece Medidas Sanitarias de Protección a la Población”.
  • Decreto N° 21376/98, De la nueva Organización Funcional del MSPyBS”.
  • Decreto N° 4674/99, Por el Cual se Reestructura el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Art.1°, punto 2 la Dirección General de Vigilancia de la Salud, depende en forma directa del Vice Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Decreto N° 20132/03, Manual de Normas y Procedimientos del Ministerio de Hacienda, Capítulo 12 Funciones y Obligaciones de los Departamentos de Bienes Patrimoniales de los Organismos y Entidades encargadas del inventario.
  • Decreto N° 5531/10, Por el Cual se Aprueba la Política Nacional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación para la Salud.
  • Decreto N° 8154/11, Por el Cual se Aprueba la “Política Nacional de Prevención de Consumo Nocivo de Bebidas Alcohólicas”.
  • Decreto N° 4541/15, Por la Cual se Aprueba la Política Nacional de Salud 2015-2030.
  • Resolución S.G. N° 611/97, Por la cual se aprueba el organigrama, Manual de Organización y Funciones, y Manual de Procedimientos del Programa Nacional de Lucha contra el SIDA, dependiente del MSPyBS.
  • Resolución S.G. N° 101/03, Por la cual se Crea el Programa de Vigilancia de Enfermedades Transmitidas por Alimentos (VETA), dependiente de la Dirección de Vigilancia de Enfermedades transmisibles, de la Dirección General de Vigilancia de la Salud.
  • Resolución S.G. N° 1216/04, Por la cual se crea el programa Nacional de Control de las Infecciones Nosocomiales, dependiente de la Dirección de Vigilancia de Enfermedades transmisibles, de la Dirección General de Vigilancia Sanitaria.
  • Resolución S.G. N° 12/05, por la cual se modifica la Resolución S.G. N° 11/85 que reglamenta los Artículos 28° referente a la Notificación Obligatoria de Eventos, y 37° relacionada con Eventos sujetos a Vigilancia Epidemiológica, de la Ley N° 836/80, Código Sanitario.
  • Resolución S.G. N° 1066/06, Por la Cual se Crea la Unidad Epidemiológica Regional y se dispone su conformación e implementación en cada una de las 18 Regiones Sanitarias del País.
  • Resolución S.G. N° 838/06 Por la Cual se designa a la Dirección General de Vigilancia de la Salud, como Centro de Nacional de Enlace para el Reglamento Sanitario Internacional (R.S.I.).
  • Resolución S.G. N° 725/07, Por la Cual se Crea la Dirección de Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos y Pasos de Fronteras Terrestres, Dependiente de la Dirección General de Vigilancia de la Salud; para la Implementación del Reglamento Sanitario Internacional- RSI 2005.
  • Resolución S.G. N° 572/08, Por la cual se Modifica el Artículo 5° de la Resolución S.G. 12/05, Que reglamenta los Artículos 28°, referente a la Notificación Obligatoria de Eventos, y 37°, Relacionado con Eventos sujetos a Vigilancia Epidemiológica.
  • Resolución S.G. N° 520/12, Por la Cual se Aprueba el Manual de Organización y Funciones del Programa Nacional de Control de la Tuberculosis, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Resolución S.G. N° 311/12, Por la Cual se Aprueba la Estructura Organizacional y el Manual de Organización y Funciones del Programa Nacional de Enfermedades Inmunoprevenibles y PAI, dependiente de la Dirección General de Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Resolución S.G. N° 1364/12, Por la cual se Crea la Unidad Epidemiologia Hospitalaria y se dispone su implementación en cada uno de los Hospitales dependientes del MSPyBS.
  • Resolución S.G. N° 311/12, Por la cual Aprueba la Estructura Organizacional y el Manual de Organización y Funciones del Programa Nacional de Enfermedades Inmunoprevenibles y PAI, dependiente de la Dirección General de Vigilancia de la Salud, del MSPyBS.
  • Resolución S.G. N° 241/13, Por la cual se Aprueba la Política de Promoción de la Actividad Física con Enfoque en el Ciclo Vital, en el Paraguay.
  • Resolución S.G. N° 43/13, Por la cual se crea el Centro de Especialidades Dermatológicas, dependiente del Programa Nacional de Control de la Lepra, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Resolución S.G. N° 661/13, Por la cual se Aprueban la Creación y Estructuración del Programa de Entrenamiento en Epidemiologia de Campo (PEEC-PY), dependiente de la Dirección General de Vigilancia de la Salud.
  • Resolución S.G. N° 190/13, Por la cual se Modifica la Resolución S.G. N° 12/2005, que reglamenta la Ley 836 /80, Código Sanitario, en los artículos 28° y 37°, referentes a Eventos Sujetos a Notificación Obligatoria y a Vigilancia Epidemiológica, respectivamente.
  • Resolución S.G. N° 170/13, Por la cual se amplía la Resolución S.G. N° 564/2009, Que crea la Red Nacional de Comunicación en Salud, dependiente técnicamente de la Dirección General de Comunicación en Salud, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, y Administrativamente de las Direcciones de las diversas Regiones Sanitarias.
  • Resolución S.G. N° 347/14, Por la cual se Aprueba la Estructura Organizacional de la Dirección de Vigilancia de Enfermedades No Transmisibles, dependiente de la Dirección General de Vigilancia de la Salud, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Resolución S.G. N° 507/14, Por la cual se Aprueba y Declara de Interés Institucional el “Plan Nacional de Acción para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas no Transmisibles 2014-2024”, en el Marco de las Políticas Públicas Implementada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Resolución S.G. N°866/14, Por la cual se Establece la Obligatoriedad de la presentación de las Notificaciones de Ocurrencia de la muerte Materna, Fetal y Neonatal, Emergencias Obstétricas exitosas, Remisión de Investigaciones Clínicas Epidemiológicas de los Casos, Remisión de Certificados de Defunción, Llenado correcto del sistema informático perinatal en todos los Establecimientos de Salud y Dependencias del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Resolución S.G. N° 507/14, Por la cual se Aprueba y Declara de Interés Institucional la “Estrategia Nacional Para la Prevención y el Control de la Obesidad 2015-2025”, en el Marco de las Políticas Públicas Implementadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Resolución S.G. N° 675/14, Por la cual se Reglamenta la Ley N° 3940/09 “Que Establece Derechos, Obligaciones y Medidas Preventivas con Relación a los Efectos Producidos por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA)”; y se Disponen Normativas para su cumplimiento.
  • Resolución S.G. N° 612/15, Por la cual se Aprueba la Política Nacional de Salud 2015-2030, y se dispone su implementación y Aplicación en todo el Territorio de la República.
  • Resolución S.G. N° 003/16, Por la cual se Conforma un Comité Técnico de Gestión de Logística de Medicamentos, Insumos y Reactivos, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Resolución S. G. N° 26/16, Por la cual se Aprueba la Guía Nacional de Vigilancia y Control de Enfermedades, y se dispone su implementación y aplicación en todo el Territorio de la República.
  • Resolución S.G. N° 097/17, Por la cual se Dispone la Implementación del Registro de Cáncer de Base Poblacional, en el Marco del Plan Nacional de Acción para la Prevención y el Control de las Enfermedades Crónicas no Transmisibles 2014-2024.
  • Resolución S.G. N° 738/17, Por la cual se Establece la conformación e implementación de la Red de Vigilancia a Niveles Regional, Distrital y Local (Hospitales, Centros de Salud y Unidades de Salud de la Familia) bajo la Rectoría de la Dirección de Vigilancia de la Salud, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.”
  • Resolución S.G. N° 0483/18, Por la cual se Aprueba la Misión y Visión y se actualiza el Organigrama Genérico de la Dirección General de Vigilancia de la Salud.
  • Resolución S.G. N° 0649/18, Por la se crea la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Vigilancia de la Salud y se Dispone su anexión a la Estructura Organizacional Aprobada por Resolución S.G. N° 483 de fecha 13 de agosto de 2018.
  • Resolución S.G. N° 0657/18, Por la cual se crea el Programa Nacional de Control del Tabaquismo y Enfermedades Respiratorias Crónicas, dentro de la Estructura Interna Organizacional de la Dirección de Vigilancia de Enfermedades No transmisibles, dependiente de la Dirección General de Vigilancia de la Salud, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Resolución S.G. N° 335/19, Por la Cual se designan Coordinadores Médicos y Equipos de Trabajo para la Implementación del Modelo de Cuidados Crónicos en las Regiones Sanitarias del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
  • Reglamento Sanitario internacional2005, que tiene por finalidad «prevenir la propagación internacional de enfermedades, proteger contra esa propagación, controlarla y darle una respuesta de salud pública proporcionada y restringida a los riesgos para la salud pública y evitando al mismo tiempo las interferencias innecesarias con el tráfico y el comercio internacionales».
  • MERCOSUR/GMC/RE: N°18/11 la cual establece la Vigilancia en salud y control de enfermedades priorizadas y eventos de importancia en salud publica entre los estados parte.

Oculto (no tocar)

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Otras disposiciones

Misión

Aprobado por Resolución S.G. N° 483/2018.

Desarrollar los procesos de vigilancia, control e investigación en salud colectiva para preservarla y reducir los riesgos de enfermar asociados a los determinantes de salud.

 Visión

Aprobado por Resolución S.G. N° 483/2018.

Ser un área estratégica, dependiente del MSPyBS, líder en el ámbito nacional e internacional, que cumpla su misión en un ambiente de desarrollo individual y grupal, legitimada por la comunidad como garante de la seguridad sanitaria.

Objetivo General

Objetivo General

Generar, dirigir y evaluar las estrategias, normativas y políticas para la vigilancia de la salud pública y los factores que la determinan, mediante acciones organizadas y herramientas validadas que generen información oportuna y de calidad, para garantizar la prevención, vigilancia y control de los eventos de importancia en salud pública, así como intervenciones que apoyen la protección de la salud en las poblaciones.

Valores y principios institucionales

Valores Institucionales

  • Derecho a la Salud: “El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social”. OMS, carta fundacional. 
  • Equidad: “se refiere a la ausencia de diferencias injustas en el estado de salud, en el acceso a servicios de salud integrales, oportunos, y de calidad, en la contribución financiera, y en el acceso a entornos saludables”
  • Solidaridad: “el grado en el que los miembros de una sociedad trabajan conjuntamente para definir y conseguir el bien común
  • Respeto a la Diversidad: “Valorar la diversidad y respetarla, es respetar las diferencias que existen entre todas las personas y considerarlas un aporte enriquecedor y positivo para el conjunto”.

Principios Institucionales

  • Universalidad: todos los habitantes de un país deben estar al alcance del Sistema de Salud. Todas las personas sin discriminación alguna, deben participar de los beneficios del sistema. 
  • Calidad y humanización en los servicios: La humanización de los servicios de salud busca orientar la actuación del personal de la salud hacia el servicio del usuario, considerando a este en su globalidad personal…”
  • Eficiencia: Es la relación óptima entre los recursos utilizados y la obtención de buenos resultados en salud y calidad de vida de la población
  • Responsabilidad: asegura que los derechos sociales se garanticen y apliquen y que los ciudadanos estén protegidos ante todo daño.
  • Transparencia en la gestión y rendición de cuentas: Se refiere al uso conocido y claro de los recursos que se han encomendado, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su utilización y a garantizar el acceso a la información de los usuarios y ciudadanos en general
  • Integralidad: Este principio implica que la cartera de servicios disponibles debe ser suficiente para responder a las necesidades de salud de la población, incluyendo la promoción de la salud, prevención, diagnóstico precoz, atención curativa, rehabilitadora y paliativa y apoyo para el autocuidado
  • Sostenibilidad: los avances deben ser estables en el tiempo y garantizar que se pueden mantener para futuras generaciones.
  • Participación social: El principio de participación convierte a los individuos en socios activos en la toma de decisiones sobre la asignación y el uso de los recursos, en la definición de las prioridades y en la garantía de la rendición de cuentas
  • Intersectorialidad: el sector de la salud debe trabajar con diferentes sectores y actores para velar por que las políticas públicas se alineen con el fin de maximizar su potencial contribución a la salud y al desarrollo humano

Valores y Principios Institucionales,aprobado por Resolución S.G. N° 612/2015 “POR LA CUAL SE APRUEBA LA POLÍTICA NACIONAL DE SALUD 2015-2030, Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN Y APLICACIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA”

Principios y valores éticos del MSPyBS

Principios Éticos del MSPyBS

  • Los recursos públicos son para el desarrollo social y humano de la población
  • La esencia de la función pública es servir a la ciudadanía con excelencia. 
  • Es inherente a la función pública la protección de los bienes públicos. 
  • El interés general prevalece sobre el interés particular. 
  • Somos corresponsables en la protección de la vida y el medio ambiente. 
  • Las decisiones en la función pública son participativas. 
  • La ciudadanía es contralora de la función pública. 
  • Los funcionarios públicos rendimos cuentas a la ciudadanía sobre nuestra gestión.
  • Practicamos lo que exigimos.

 

Valores Éticos del MSPyBS

Principios y Valores Éticos del MSPyBS, aprobado por Resolución S.G. N° 181/07 “POR LA CUAL SE APRUEBA EL CÓDIGO DE ÉTICA DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y EL BIENESTAR SOCIAL Y SE DISPONE SU IMPLEMENTACIÓN EN TODOS LOS SERVICIOS Y DEPENDENCIAS DEL MISMO”.

  • COLABORACIÓN. Acción y efecto de trabajar en común con otra persona u otras personas. Contribuir para el logro de un fin. Ayudar a otra u otras personas en su trabajo o en el logro de sus fines.
  • COMPROMISO. Obligación contraída, palabra dada, fe empeñada. Palabra que se da uno mismo para hacer algo. Disposición para asumir como propios los objetivos estratégicos de la organización a la cual se pertenece.
  • CONFIANZA. Esperanza firme que se tiene en una persona o una cosa. Es el resultado del juicio que se hace sobre una persona para asumirla como veraz, como competente, o como interesada en el bienestar de uno mismo.
  • CUMPLIMIENTO. Acción y efecto de llevar a cabo. Hacer lo que se debe o lo que se está obligado en los términos previstos.
  • EFICACIA. Fuerza y capacidad para obrar. Capacidad de acción para hacer efectivo un propósito.
  • EFICIENCIA. Virtud y facultad de lograr un efecto determinado. Capacidad de acción para lograr un propósito con el menor uso de energía o de recursos.
  • EQUIDAD. Disposición de ánimo que mueve a dar a cada uno lo que se merece. 
  • HONESTIDAD. Moderación en la persona, las acciones o las palabras. Honradez, decencia. Actitud para actuar con honradez y decencia.
  • HONORABILIDAD. Cumplimiento de los deberes respecto de los demás y de uno mismo.
  • HONRADEZ. Rectitud de ánimo, integridad en el obrar.
  • IMPARCIALIDAD. Falta de designio anticipado o de prevención a favor o en contra de personas o cosas, que permiten juzgar o proceder con rectitud.
  • INTEGRIDAD. Cualidad de íntegro. Comportamiento probo, recto, intachable.
  • JUSTICIA. Lo que debe hacerse según derecho o razón. Virtud de dar a cada uno lo que le corresponde o le pertenece.
  • LEALTAD. Cumplimiento de lo que dicen las leyes de la fidelidad y las del honor. Fidelidad en el trato o en el desempeño de un cargo.
  • LIBERTAD. Facultad natural que tiene el ser humano de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos.
  • PARTICIPACIÓN. Tomar parte. Compartir. Abrir espacios para que otros hagan parte de una actividad, o movilizarse para tomar parte en ella.
  • PLURALISMO. Reconocimiento y aceptación de los distintos modos de ser y de pensar.
  • PROBIDAD. Integridad en el obrar.
  • RECTITUD. Calidad de recto o justo. Recta razón o conocimiento práctico de lo que debemos hacer o decir. Comportamiento con justicia, severidad y firmeza.
  • RESPETO. Miramiento, consideración, deferencia del otro. Reconocimiento de la legitimidad del otro para ser distinto a uno.
  • RESPONSABILIDAD. Obligación de responder por los propios actos. Capacidad para reconocer y hacerse cargo de las consecuencias de las propias acciones.
  • SERVICIO. Acción y efecto de servir. Función o prestación desempeñadas por quienes están empleados para satisfacer necesidades del público.
  • SOLIDARIDAD. Adhesión y apoyo a las causas o empresas de otros.
  • TRANSPARENCIA. Calidad del comportamiento evidente, sin duda ni ambigüedad.
  • VERACIDAD. Condición de quien dice o profesa siempre la verdad.

Estructura Orgánica

Estructura orgánica

Aprobada por las Resoluciones S.G. N° 483/2018 y S.G. N° 649/2018

El proceso de reingeniería presenta una nueva forma de organización de sus dependencias que reconocen hoy en día una dinámica distinta de relacionamiento con sus funciones propias, relacionadas entre sí y enmarcadas en los fundamentos de las labores de la vigilancia y en consonancia con la misión y visión.

  • Ministro
    • Vice Ministro
    • Dirección General de Vigilancia de la Salud
      • Depto. Coordinación de Gestión de Documentos
      • Depto. de Comunicación en Salud
      • Depto.  de Tecnología de Información y Comunicación
      • Fiscalización
      • Asesoría Jurídica
      • Dirección Administrativa
        • Departamento de Rendición de Cuentas
        • Depto. de Presupuesto
        • Depto. de Sub UOC
        • Depto. de bienes y Servicios
        • Dpto. de Recursos Humanos
      • Dirección de Planificación Estratégica
        • Departamento de Monitoreo y Evaluación
        • Depto. De Coordinación de Red de Vigilancia
      • Dirección de Vigilancia de Enfermedades Transmisibles
        • Programa Nacional de Enfermedades Transmitidas por Agua y Alimento
        • Programa Nacional de Control de VIH Sida y otras ITS (PRONASIDA)
        • Programa Nacional de Control de Tuberculosis (PNCTB)
        • Programa Nacional de Control de Lepra.
        • Programa Nacional de Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud.
        • Programa Nacional de Enfermedades Zoonoticas y CAN
        • Programa Nacional de Enfermedades Vectoriales
        • Programa Nacional de Enfermedades Inmunoprevenibles y Vacunas (PAI)
      • Dirección de Vigilancia de Enfermedades No Transmisibles.
        • Dpto. de Prevención y Control de Factores de Riesgo
        • Programa Nacional de control del Tabaquismo y Enfermedades Respiratorias Crónicas
        • Programa Nacional de Prevención Cardiovascular
        • Programa Nacional de Lesiones de Causas Externas
        • Programa Nacional y Vigilancia de Tumores
        • Programa Nacional de Diabetes y Enfermedades Metabólicas
      • Dirección de Vigilancia y Control de Fronteras
        • Dpto. de Vigilancia y Control de Fronteras
        • Dpto. de Puntos de Entrada
      • Dirección de Vigilancia y Respuesta Emergencias en Salud Pública
        • Dpto. de Alertas y Gestión de ESPII y ESPIN
        • Dpto. de Respuesta Rápida
        • Dpto. de Notificación y Análisis de Emergencia
      • Dirección del Centro Nacional de Información Epidemiológica y Vigilancia de la Salud
        • Depto. de Vigilancia, Información y Análisis Epidemiológico
        • Depto. Vigilancia de Eventos de Notificación Obligatoria y Calidad del Dato
        • Depto. de Vigilancias Especiales y Centinela
        • Depto. de Vigilancia de Salud Ambiental
      • Dirección de Docencia e Investigación
        • Depto. de Entrenamiento de Epidemiologia de Campo
        • Depto. de Análisis en Situación de Salud e Investigación Epidemiológica