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Consumo de tabaco, catalogado como problema de salud pública de mayor gravedad

06/05/2019

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  • Afirma Misión Técnica que se encuentra en el país para trabajar junto con el Gobierno Nacional, en el avance de la implementación del Convenio Marco para el control del tabaco.

 

 

La Misión Técnica, en el transcurso de esta semana, evaluará las necesidades del país en la armonización de las actuales leyes, políticas y estrategias de control de tabaco al Convenio Marco de OMS para el Control de Tabaco.

A nivel global, se registran 7 millones de muertes al año causadas por el consumo de productos tabaco y por la exposición de su humo, mientras que, en Paraguay, asciende a 9 el número de fallecimientos diarios asociados al hábito tabáquico.

Los expertos internacionales señalaron que esta problemática no solo acarrea gastos de tratamiento, sino también pérdidas económicas, puesto que las personas enferman y no pueden trabajar ni producir. Un promedio de 1.4 billones de dólares anuales es la pérdida económica, a esto se suman pérdidas en el área del medioambiente bastante importantes.

El Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT OMS) es un tratado basado en pruebas científicas que reafirma el derecho de todas las personas a gozar del grado máximo de salud que se pueda lograr. Explicaron que este Convenio es un compromiso internacional de los países y constituye una respuesta a la epidemia del tabaquismo. Contiene una serie de medidas basadas en evidencias, que al ser implementadas contribuirán a reducir el consumo de tabaco.

“Como Paraguay es parte de este Convenio, tiene la obligación a nivel internacional de implementar las medidas que están incluidas en el Convenio Marco”, indicó la Misión. Este Convenio fue incluido como una de las metas del Objetivo de Desarrollo Sostenible. La meta 3.A habla de la necesidad de fortalecer la implementación del CMCT para el control del tabaco.

Integrantes de la Misión

•    María Carmen Audera-López; Consultora Senior, Secretariado Convenio Marco Control de Tabaco. OMS.

•    Rodrigo Santos Feijo. Oficial técnico Secretariado Convenio Marco Control de Tabaco OMS.

•    Francisco Armada Pérez. Asesor en Control de tabaco OPS.

•    Maxime Roche. Consultor en Economía de las ENTs. OPS.

•    Gustavo Sóñora, Director de Control de Tabaco para América Latina. International Union Against Tuberculosis and Lung Disease (The Union).

Por Paraguay acompañan esta Misión técnica:

  • Guillermo Sequera, Director Vigilancia de la Salud, MSPyBS Paraguay.
  • Marcia Erazo, Asesora Internacional en ENTs y SM, OPS/OMS Paraguay.

Convenio Marco de la OMS

Se elaboró en respuesta a la globalización de la epidemia de tabaquismo. Representa un cambio ejemplar en el desarrollo de una estrategia normativa para abordar las cuestiones relativas a las sustancias adictivas, afirma la importancia de las estrategias de reducción de la demanda, así como de ciertas cuestiones relativas al suministro.

El CMCT ha sido adoptado por 180 Estados Partes, 30 de ellos pertenecientes a la Región de las Américas, entre ellos Paraguay. El tratado establece una serie de medidas obligatorias para controlar las acciones de la industria, disminuir la demanda y reducir la oferta, incluyen:

  • Prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco dentro de los cinco años;
  • Advertencias sanitarias fuertes en el empaquetado de los cigarrillos que cubran el 50% de las superficies expuestas dentro de los tres años;
  • Protección de la exposición al humo de tabaco ajeno en todos los lugares de trabajo interiores, lugares públicos cerrados y transporte público; y
  • Medidas para reducir el comercio ilícito de productos de tabaco.

Desde el primer párrafo del preámbulo, que declara que las Partes en ese Convenio “están determinadas a dar prioridad a su derecho de proteger la salud pública”, el CMCT OMS marca una tendencia mundial.

Paraguay, con incumplimientos del Convenio Marco

Nuestro país ratificó en el 2006 el Convenio para el Control del Tabaco, a través de la Ley 2.969, de la Organización Mundial de la Salud. Es el primer y único tratado mundial de salud pública que existe hasta la fecha. Su texto fue aprobado por la 56ª Asamblea Mundial de la Salud en mayo del 2003.

Es un instrumento jurídico regido por el derecho internacional y obligatorio para los países que lo firman y ratifican, entró en vigor el 26 de setiembre de ese año.

Pese a haber ratificado el tratado, Paraguay ha tenido retrocesos en su legislación anti tabaco, debido a recursos judiciales interpuestos por tabacaleras, hasta que en el año 2015 se promulgó la Ley Nº 5.538 para el control del tabaco.

En nuestro país, aún está pendiente de cumplimiento el artículo 11 del convenio marco, relativo a las advertencias sanitarias, que deben ocupar al menos un 50 % de la superficie frontal de la cajetilla.

Tampoco se cumple en su totalidad el artículo 13 del Convenio Marco, que prohíbe totalmente todo tipo de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco.

SIN HUMO. La creación de ambientes 100 % libres de humo de tabaco se ha trabajado en las municipalidades del país y se tiene promulgadas en 87 municipios del país. Recientemente, en abril de 2019, la Municipalidad de Fernando de la Mora ha promulgado la Ordenanza Municipal de Protección al No Fumador.

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