Programa Nacional de Enfermedades Transmitidas por Agua y Alimentos

El programa

El Programa Nacional de Vigilancia de Enfermedades Trasmitidas por Alimentos se creó por Resolución Ministerial S.G N° 101/2003. En agosto del 2018 se aprueba la misión y visión y se actualiza el organigrama genérico de la Dirección de Vigilancia de la Salud según Resolución S.G.

Nº 0483, se agrega el componente de enfermedades trasmitidas por agua queda como Programa Nacional de Enfermedades Trasmitidas por Agua y Alimentos.


Objetivos

    • Fortalecer la capacidad de respuesta en los diferentes componentes de la vigilancia de las enfermedades transmitidas por agua y alimentos.
    • Identificar las características sociales y demográficas de la población expuesta a las enfermedades transmitidas por agua y alimentos.
    • Determinar las distribución geográfica y temporal de los casos de enfermedades trasmitidas por agua y alimentos.
    • Identificar los agentes etiológicos responsables de las enfermedades transmitidas por agua y alimentos.
    • Establecer los alimentos responsables de la transmisión de los agentes etiológicos.
    • Obtener, recolectar y analizar la información necesaria y actualizada de las notificaciones de ETA.
    • Estimular la notificación e investigación de brotes de ETA.
    • Analizar e interpretar los datos para determinar el número, distribución y severidad de los casos.
    • Recomendar las medidas de prevención y control.
    • Difundir la información obtenida.
    • Evaluar las intervenciones.


Funciones

    • Elaborar normas e instrumentos de Vigilancia de Enfermedades Transmitidas por Agua y Alimentos para los diferentes niveles de intervención.
    • Fortalecer la capacidad de respuesta en los diferentes componentes de la Vigilancia de la Enfermedades Transmitidas por Agua y Alimentos.
    • Promover el desarrollo y articulación de los diversos aspectos programáticos y mecanismos operacionales para el funcionamiento.
    • Implementar vinculaciones y mecanismos de alimentación y retroalimentación de la información a nivel nacional integrado al sistema de Vigilancia Epidemiológica del país.
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Antecedentes

El Programa de Vigilancia de Enfermedades Trasmitidas por Alimentos fue creado por Resolución Ministerial S.G N° 101 en el año 2003.
En el año 2018, por Resolución S.G.Nº 0483, se aprueba la misión y visión de la Dirección Gral. de Vigilancia de la Salud y se actualiza el organigrama genérico, se agrega el componente de enfermedades trasmitidas por agua queda con la denominación de Programa Nacional de Enfermedades Trasmitidas por Agua y Alimentos.

Definiciones de caso

Caso sospechoso de enfermedad transmitida por agua y/o alimentos: persona que, luego de la ingestión de agua o alimento, presente un cuadro gastroentérico como diarrea, vómitos, náuseas, calambres abdominales o fiebre.
Caso confirmado por laboratorio: todo caso sospechoso con identificación del agente por
cultivo, serología, detección de toxinas o pruebas químicas.
Confirmado por criterio clínico-epidemiológico: caso que presente un cuadro compatible y
tenga nexo epidemiológico con un caso confirmado por laboratorio.

Modalidad de vigilancia

Tipo de vigilancia: vigilancia universal, todo caso sospechoso que consulta en cualquier servicio debe ser notificado. Es una enfermedad de notificación obligatoria inmediata.

Instrumentos

Fichas de notificación para caso individual

FICHA_ETA_2023.pdf

Planilla de registros colectivos de casos si se trata de brote
Planilla_de_registro_colectivo_de_casos_2023

Flujograma de notificación

El servicio de salud que identifica el caso debe notificar a la Unidad Epidemiológica Regional, y ésta a la Vigilancia de Eventos de Notificación Obligatoria y Calidad de Datos (VENOCD) de la DGVS y al Programa de Enfermedades Transmitidas por Agua y Alimentos. Los brotes se notifican a la Dirección de Alerta y Respuesta a Emergencias en Salud Pública.
Correo electrónico: programanacionaleta@gmail.com