Programa Nacional de Enfermedades Transmitidas por Agua y Alimentos

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Antecedentes

El Programa de Vigilancia de Enfermedades Trasmitidas por Alimentos fue creado por Resolución Ministerial S.G N° 101 en el año 2003.
En el año 2018, por Resolución S.G.Nº 0483, se aprueba la misión y visión de la Dirección Gral. de Vigilancia de la Salud y se actualiza el organigrama genérico, se agrega el componente de enfermedades trasmitidas por agua queda con la denominación de Programa Nacional de Enfermedades Trasmitidas por Agua y Alimentos.

Definiciones de caso

Caso sospechoso de enfermedad transmitida por agua y/o alimentos: persona que, luego de la ingestión de agua o alimento, presente un cuadro gastroentérico como diarrea, vómitos, náuseas, calambres abdominales o fiebre.
Caso confirmado por laboratorio: todo caso sospechoso con identificación del agente por
cultivo, serología, detección de toxinas o pruebas químicas.
Confirmado por criterio clínico-epidemiológico: caso que presente un cuadro compatible y
tenga nexo epidemiológico con un caso confirmado por laboratorio.

Modalidad de vigilancia

Tipo de vigilancia: vigilancia universal, todo caso sospechoso que consulta en cualquier servicio debe ser notificado. Es una enfermedad de notificación obligatoria inmediata.

Instrumentos

Fichas de notificación para caso individual

FICHA_ETA_2023.pdf

Planilla de registros colectivos de casos si se trata de brote
Planilla_de_registro_colectivo_de_casos_2023

Flujograma de notificación

El servicio de salud que identifica el caso debe notificar a la Unidad Epidemiológica Regional, y ésta a la Vigilancia de Eventos de Notificación Obligatoria y Calidad de Datos (VENOCD) de la DGVS y al Programa de Enfermedades Transmitidas por Agua y Alimentos. Los brotes se notifican a la Dirección de Alerta y Respuesta a Emergencias en Salud Pública.
Correo electrónico: programanacionaleta@gmail.com


Objetivos

    • Fortalecer la capacidad de respuesta en los diferentes componentes de la vigilancia de las enfermedades transmitidas por agua y alimentos.
    • Identificar las características sociales y demográficas de la población expuesta a las enfermedades transmitidas por agua y alimentos.
    • Determinar las distribución geográfica y temporal de los casos de enfermedades trasmitidas por agua y alimentos.
    • Identificar los agentes etiológicos responsables de las enfermedades transmitidas por agua y alimentos.
    • Establecer los alimentos responsables de la transmisión de los agentes etiológicos.
    • Obtener, recolectar y analizar la información necesaria y actualizada de las notificaciones de ETA.
    • Estimular la notificación e investigación de brotes de ETA.
    • Analizar e interpretar los datos para determinar el número, distribución y severidad de los casos.
    • Recomendar las medidas de prevención y control.
    • Difundir la información obtenida.
    • Evaluar las intervenciones.


Funciones

    • Elaborar normas e instrumentos de Vigilancia de Enfermedades Transmitidas por Agua y Alimentos para los diferentes niveles de intervención.
    • Fortalecer la capacidad de respuesta en los diferentes componentes de la Vigilancia de la Enfermedades Transmitidas por Agua y Alimentos.
    • Promover el desarrollo y articulación de los diversos aspectos programáticos y mecanismos operacionales para el funcionamiento.
    • Implementar vinculaciones y mecanismos de alimentación y retroalimentación de la información a nivel nacional integrado al sistema de Vigilancia Epidemiológica del país.