Registro y Vigilancia de Tumores
Definición de Casos Notificables
El registro incluye todos los casos de tumores malignos invasores según los códigos de comportamiento 3 de la clasificación Internacional de enfermedades para Oncología (CIE O) de cualquier localización, los tumores malignos melanocíticos de piel, así también los del Sistema Nervioso Central (SNC) cualquiera sea su comportamiento.
Los tumores cuyo diagnóstico se basa en técnicas exploratorias (clínica, técnicas de imagen, de laboratorio o quirúrgicas) también se incluyen siempre que la información clínica permita disponer de un grado de seguridad elevado de que la patología es tumoral maligna y pertinentes a las localizaciones detalladas. En casos dudosos serán consultados los miembros del Comité Asesor y/o médico encargado del caso. En casos provenientes exclusivamente del certificado de defunción y sin ninguna otra información se incluyen en el registro como un tumor maligno siempre que el certificado así lo especifique.
Se consideran residentes a todas aquellas personas que viven habitualmente en Capital o central en un período mínimo de 6 meses antes del diagnóstico de cáncer. Se excluyen los que no cumplen este requisito.
Las fuentes de datos son todos los establecimientos de la zona geográfica de Asunción y Central tanto del sector público como privado y del seguro social. El instrumento de recolección de los datos es la Ficha del registro que tiene un apartado para los datos del paciente otro para los datos del tumor y por último uno para los datos del establecimiento o profesional que cede los datos.