Programa Nacional de Control de Tubercuosis

Misión

Asegurar que cada paciente con TB tenga pleno acceso a diagnóstico y tratamiento de calidad, para disminuir la carga social, económica y de inequidad que impone la TB.

Visión

Paraguay, un territorio con ambiente libre de exposición a Tuberculosis.

Objetivo General

Contribuir a la reducción de la incidencia y mortalidad por tuberculosis en el Paraguay, con un abordaje estratégico en poblaciones priorizadas, basado en la Estrategia Mundial ¨Fin de la Tuberculosis¨.

Objetivos Específicos

  1. Diagnosticar precozmente a todas las personas con TB, priorizando a las poblaciones de alto riesgo e investigación de los contactos.
  2. Proveer tratamiento a todas las personas con TB Sensible y Resistente, incluida las comorbilidades y la profilaxis para las personas con alto riesgo.
  3. Fortalecer el compromiso político, con recursos suficientes para la atención, promoción y prevención de la TB con protección social en el abordaje de los determinantes de la salud para mejorar la calidad de vida.
  4. Involucrar a las comunidades, las organizaciones de la sociedad civil y los profesionales de los sectores público y privado en la promoción, prevención y control de la TB.
  5. Mejorar la información estratégica e investigación para optimizar el impacto de las acciones para el control de la TB.

Metas

  1. Reducir en 75% la mortalidad por TB en el 2025 respecto al 2015.
  2. Reducir en 50% la incidencia en el 2025 respecto al 2015.
  3. Incorporar a los afectados por TB en un programa de Protección Social.

Año de Creación

En el año 1992 se crea el “Departamento del Programa Nacional de Lucha Contra la Tuberculosis” por Resolución S.G. Nº 439/92; el mismo año, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social resuelve promover el Departamento a Programa Nacional de Control de la Tuberculosis (PNCT), dependiendo directamente de la Dirección General de Vigilancia de la Salud.

Con la creación del PNCT, en el año 2000, el Paraguay implementa la estrategia de la OMS, Tratamiento Acortado Estrictamente Supervisado (DOTS/TAES), comenzando su expansión en 6 de las 18 regiones sanitarias del Paraguay en el año 2002, con apoyo técnico de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el soporte financiero de la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (CIDA-CANADA). Este apoyo financiero finalizó en el año 2004.

Marco Legal

    • Constitución de la República del Paraguay de 1992.
    • Decreto Ley 2000/1936 “Creación del MSPYBS”.
    • Decreto Ley 2001/1936 “Orgánica y Funcional del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social”.
    • Resolución S.G. Nº 111/1958 “Proyecto de nueva estructura y funciones del Departamento de Epidemiología y Zoonosis.
    • Ley N° 836/88 “Código Sanitario”.
    • Resolución S.G. Nº 439/1992 “Por la cual se reorganiza el Departamento de Tuberculosis, se nombra Jefe de dicho Departamento, como así también el Programa de Control de la Tuberculosis, Laboratorio y Enfermería del citado Programa.
    • Decreto N° 8.342/95 “Por la cual se establecen normas regulatorias a los establecimientos farmacéuticos y afines, se modifican parcialmente disposiciones del decreto N° 187/50 y se derogan los decretos Nros. 1.730/68 y 7.193/69”.
    • Ley 1032/96 “Que crea el Sistema Nacional de Salud”.
    • Ley N° 1.119/97 “De productos para la Salud y otros”.
    • Decreto N° 21.376/98 ”Por el cual se establece la nueva organización Funcional del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social”.
    • Resolución S.G. Nº 613/1999 “Por la cual se establece la estructura interna de la Dirección General de Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social”.
    • Ley N° 1.535/99 de Administración Financiera del Estado y su Decreto reglamentario N° 8.127/00.
    • Ley N° 1.626/00 de la Función Pública.
    • ACUERDO 2/2001 REUNION MINISTROS DE SALUD (RMS) Política de Medicamentos para el MERCOSUR, Bolivia y Chile – del: 27/11/2001.
    • Ley Nº 2310/2003 “De protección infantil contra las enfermedades Inmunoprevenibles”.
    • Decreto Nº 20.132/03 “Que aprueba el Manual de Normas y Procedimientos de los Bienes del Estado”.
    • Resolución S.G. Nº 945/2004 “Por la cual se establece la obligatoriedad de realizar análisis laboratoriales para la búsqueda de Bacilos Acido – Alcohol Resistente (BAAR), en todos los servicios, dependientes del Ministerio de salud Pública y Bienestar Social.
    • Resolución S.G. Nº 512/2005 “Por la cual se declara de máxima prioridad para la Salud Pública, el Proyecto Tuberculosis Fondo Global”.
    • Resolución S.G. Nº 808/2005 “Por la cual se crea la Unidad Especializada en Tuberculosis Multidrogo Resistente (UEMDR-TB), para la elaboración de las normas de procedimientos del Proyecto DOTS/PLUS.
    • Resolución S.G. Nº 959/2006 “Por la cual conforma el Equipo de Supervisores Nacionales de Tuberculosis (TB) y de PAI/TB.
    • Resolución S.G. Nº 181/2008 “Por la cual se crea la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos en Salud, en dependencia directa del Viceministerio de Salud Pública, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
    • Ley Nº 3940, de 14 de diciembre de 2009 “Que establece derechos, obligaciones y medidas preventivas con relación a los efectos producidos por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA).
    • Resolución S.G. Nº 855/2011, por la cual se da por acreditado el convenio básico suscripto entre el Gobierno de la República del Paraguay y la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) y se autoriza a llevar adelante el proceso de contratación excluída para la “adquisición de medicamentos antibacilares de primera línea para el Programa Nacional de Control de Tuberculosis.
    • Resolución S.G. Nº 949/2011, por la cual se amplía la resolución S.G.Nº 855, de fecha 30 de agosto de 2011, por la cual se da por acreditado el convenio básico suscripto entre el Gobierno de la República del Paraguay y la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) y se autoriza a llevar adelante el proceso de contratación excluída para la “adquisición de medicamentos antibacilares de primera línea para el Programa Nacional de Control de Tuberculosis.
    • Resolución S.G. Nº 520/2012, por la cual se aprueba el Manual de Organización y Funciones del Programa Nacional de Control de la Tuberculosis, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
    • Resolución S.G. Nº 400/2013, por la cual se actualiza la disposición contenida en la Resolución S.G. Nº 945/2014, respecto a la obligatoriedad de realizar análisis laboratoriales para la búsqueda de bacilos ácido alcohol resistentes (BAAR) en todos los servicios de salud, dependientes del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en carácter gratuito.
    • Resolución S.G. Nº 31/2013, por la cual se dispone la distribución del espacio físico del edificio del Parque Sanitario Regional entre el Programa Nacional de Control del Sida, el Programa Nacional de Control de la Tuberculosis y la XVIII Región Sanitaria-Capital, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

    Funciones

    En el año 1992 se crea el “Programa Nacional de Control de la Tuberculosis (P.N.C.T.)”, que identifica prioridades, implementa estrategias para la detección, diagnóstico y tratamiento de la tuberculosis, monitorea y evalúa el impacto de las acciones. El P.N.C.T. se constituye como órgano rector en materia de TB, establece normativas y lineamientos de acuerdo a los Estándares Internacionales que son ejecutados en el Sistema Nacional de Salud del país (SNS).

    De acuerdo a la estructura organizativa institucional, el P.N.C.T. depende de la Dirección General de Vigilancia de la Salud, con el apoyo de la cual establece la coordinación intra e interinstitucional para atender a la enfermedad en el país.

    Como respuesta al desafío epidemiológico que la Tuberculosis representa en el Paraguay, aplicando la estrategia mundial de control de la TB post- 2015, “Fin de la TB”, basadas en 5 principios:

      1. Rectoría y corresponsabilidad del gobierno en el nivel nacional, regional y local.
      2. Respeto y protección de los derechos humanos, la ética y la equidad.
      3. Inserción en la estrategia para la Cobertura Universal de Salud y en el marco de la Atención Primaria de Salud.
      4. Coalición con la sociedad civil y las comunidades.
      5. Adaptación de la estrategia mundial a nivel nacional, en el marco de la política nacional, el sistema de salud, la situación epidemiológica, social, económica y cultural del país.